La ESE Hospital Departamental San Vicente de Paúl, atendiendo la misión institucional, busca «garantizar servicios de salud de calidad sostenible, humanizados y seguros; con un talento humano valorado que aporta gestión del conocimiento al mejoramiento continuo de la calidad de vida y salud de la población.» De igual manera, nos proyectamos a brindar satisfacción mientras generamos los mejores resultados en salud.

Descargar DECLARACIÓN

Derechos:

  • Acceder a los servicios sin que le impongan trámites administrativos adicionales a los de ley.
  • Ser atendido en caso de urgencia de manera inmediata, sin que le exijan documentos o dinero.
  • Recibir atención con prioridad en caso de ser menor de edad, mujer embarazada o adulto mayor.
  • Recibir información de dónde y cómo presentar quejas o reclamos sobre la atención en salud prestada.
  • Recibir un trato digno y amable sin discriminación alguna respetando sus creencias y costumbres
  • Recibir los servicios de salud en condiciones de higiene, seguridad y respetando su intimidad
  • Recibir durante el proceso de la enfermedad; asistencia médica disponible, servicios de manera integral, sin interrupción y garantizando la prestación de servicios con calidad.
  • Disfrutar de una comunicación clara y oportuna con el médico, sobre su estado de salud, de los servicios a recibir, beneficios, alternativas y riesgos del tratamiento.
  • Ser informado sobre los costos de su atención en salud.
  • Recibir atención oportuna en los casos de violencia intrafamiliar, violencia o abuso sexual y a que se le brinde en coordinación con las entidades de protección social, la seguridad y el apoyo necesario.
  • Garantizar la confidencialidad sobre su información clínica.
  • Recibir una segunda opinión médica si lo desea dentro de la disponibilidad de profesionales de la IPS.
  • Recibir o rechazar apoyo espiritual o moral.
  • Ser representado por un familiar o acudiente en caso de inconsciencia, minoría de edad o discapacidad, para que sea este quien acepte o rechace cualquier tratamiento dejando constancia escrita de la decisión.
  • Derecho a morir con dignidad y a que se le respete su voluntad de permitir que el proceso de la muerte siga su curso natural en la fase terminal de su enfermedad.
  • Que se respete su voluntad de donar o no sus órganos.
  • En caso de realizarse estudios de investigación científica, ser incluido sólo con su autorización.

Deberes:

  • Cuidar integralmente su salud, la de su familia y su comunidad, cumplir de manera responsable con el tratamiento y seguir las recomendaciones de su médico tratante.
  • Cumplir con las normas e instrucciones establecidas dentro de la institución y actuar de buena fe frente al sistema de salud.
  • Respetar y tratar con amabilidad al personal de salud.
  • Cuidar las instalaciones donde le presten servicios de salud y hacer uso racional de los recursos.
  • Asistir oportunamente a las citas asignadas, en caso de no poder presentarse, informar 24 horas antes para reasignar a otro usuario que la requiera.
  • Brindar la información al personal médico de manera veraz, clara y completa de su estado de salud.
  • Cancelar cuando corresponda, los pagos generados por su atención de acuerdo a su tipo de afiliación al sistema de salud.
  • Actuar de manera solidaria ante las situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas

Adaptado de la ley 100 de 1993 y la Resolución 13437 de 1991